Desde el Consejo Superior informamos que, luego de varias consultas, se detectó que la nueva redacción del Art. 210 de la Ley de Contrato de Trabajo pareciera excluir a los psicólogos/as de la lista de profesionales habilitados para emitir certificados laborales por razones de salud mental.
La reforma del art. 210 LCT profundiza aún más una problemática que se venía dando antes de la reforma: la resistencia de parte de empleadores a reconocer validez legal a los certificados emitidos por profesionales de nuestra disciplina.
Frente a este avance en los derechos de los psicólogos/as y de las personas con padecimientos mentales, el Consejo Superior resolvió iniciar acciones judiciales en defensa de los matriculados/as que ejercen en la Provincia de Buenos Aires.
Se buscará que el Poder Judicial elimine el estado de incertidumbre que genera la nueva redacción del art. 210 LCT y deje en claro que los psicólogos/as que ejercemos en territorio bonaerense estamos legalmente facultados/as a emitir certificados para acreditar licencias laborales por razones de salud mental.
La acción judicial ya fue iniciada ante el fuero federal del Poder Judicial. Tramita en Expte. FLP N. 49146/2026.
Continuaremos defendiendo los derechos de nuestros matriculados/as a ejercer su profesión libremente, conforme las incumbencias profesionales establecidas por el Congreso de la Nación y la Legislatura bonaerense.
Para acceder a la demanda, entrá a este enlace:

